Los padrinos, corresponsables de la educación en la fe

“Según costumbre antiquísima de la Iglesia, no se admite a un adulto al Bautismo sin un padrino (o padrinos, dado que en el Bautismo pueden ser dos, hombre y mujer, o solamente uno), tomado de entre los miembros de la comunidad cristiana (…). En el Bautismo de un niño debe haber también un padrino: representa a la familia, como extensión espiritual de la misma, y a la Iglesia madre, y, cuando sea necesario, ayuda a los padres para que el niño llegue a profesar la fe y a expresarla en su vida”. Los padrinos tienen, por tanto, una función de representación: tanto de la familia del niño como de la Iglesia misma, que le confía una misión: ayudar a los padres en la educación en la fe del niño que va a ser bautizado. Es, por tanto, una tarea de corresponsabilidad.

Los padrinos intervienen en la celebración del Bautismo para profesar, juntamente con los padres, la fe de la Iglesia en la cual es bautizado el niño. Se hace, por tanto, garante de que el niño llegue un día a profesar por sí mismo esa fe que es la de la Iglesia, que se le presta en el momento el Bautismo para que el niño pueda ser bautizado, confiando en la promesa de la futura educación en la fe, hecha por los padres y con la colaboración de los padrinos.

Para ser padrino o madrina debe cumplir unos requisitos:

  • Madurez en la fe cristiana. Una persona que se diga, por ejemplo, creyente, pero no practicante –lo cual es una contradicción: si no celebras tu fe, ¿cómo la alimentarás y la harás crecer?–, o una persona que directamente se declare no creyente, ¿cómo podrá ayudar a los padres a guiar al niño por el camino de la fe cristiana –profesada, celebrada y vivida–, si no lo ha recorrido o no le da importancia? A veces los criterios de los padres al elegir a los padrinos del niño –amistad, cercanía, parentesco–, que pueden ser muy razonables, no tienen nada que ver con la función real que se les confía.
  • Que los padrinos hayan recorrido el camino de la fe, marcado por los sacramentos, se pide que hayan recibido los tres sacramentos de la Iniciación Cristiana: Bautismo, Confirmación y Eucaristía. El ritual no plantea ninguna excepción. Para quien no cumple estos requisitos está la posibilidad de constar como testigo del Bautismo.
  • Los padres no deben dejarse guiar únicamente por razones de parentesco, amistad o prestigio social, sino por un deseo sincero de asegurar a sus hijos unos padrinos que, por su edad, proximidad, formación y vidas cristianas, sean capaces de influir, en su día, eficazmente en la educación cristiana de aquellos.